ANEXO II Norma técnica de Infraestructura Común de Telecomunicaciones para el acceso al servicio de telefonía disponible al público.
1. Objeto
El objeto de la presente norma técnica es establecer las características técnicas que deberá cumplir la Infraestructura Común de Telecomunicaciones (ICT) para permitir el acceso al servicio de telefonía disponible al público.
La presente norma deberá ser utilizada de manera conjunta con las Especificaciones Técnicas Mínimas de la Edificación en materia de Telecomunicaciones (anexo IV), o con la Norma Técnica Básica de la Edificación en materia de Telecomunicaciones que las incluya que establece los requisitos que deben cumplir las canalizaciones, recintos y elementos complementarios destinados a albergar la infraestructura común de telecomunicaciones.
2. Definición de la red
La red interior del edificio es el conjunto de conductores, elementos de conexión y equipos activos que es necesario instalar para establecer la conexión entre las BAT (Bases de Acceso de Terminal) y la red exterior de alimentación, a título ilustrativo se incluyen como apéndices 1 y 2 los esquemas generales de una ICT completa y de la parte de la ICT que cubre el acceso al servicio de telefonía disponible al público.
Se divide en los siguientes tramos:
2. 1 Red de alimentación. Existen dos posibilidades en función del método de enlace utilizado por los operadores entre sus centrales y el inmueble:
Cuando el enlace se produce mediante cable: se introduce en la ICT del inmueble a través de la arqueta de entrada y de la canalización externa hasta el registro de enlace, donde se encuentra el punto de entrada general, y de donde parte la canalización de enlace, hasta llegar al registro principal, ubicado en el recinto de instalaciones de telecomunicación inferior (RITI), donde se ubica el punto de interconexión.
Cuando el enlace se produce por medios radioeléctricos: es la parte de la red formada por los elementos de captación de las señales emitidas por las centrales de los operadores, equipos de recepción y procesado de dichas señales y los cables necesarios para dejarlas disponibles para el servicio en el punto de interconexión del inmueble. Los elementos de captación irán situados en la cubierta o azotea del inmueble introduciéndose en la ICT del inmueble a través del correspondiente elemento pasamuros y la canalización de enlace hasta el recinto de instalaciones de telecomunicación superior (RITS), donde irán instalados los equipos de recepción y procesado de las señales captadas y de donde, a través de la canalización principal de la ICT, partirán los cables de unión con el RITI donde se encuentra el punto de interconexión ubicado en el registro principal.
El diseño y dimensionado de la red de alimentación así como su realización, serán responsabilidad de los operadores del servicio.
2.2 Red de distribución. Es la parte de la red formada por los cables multipares y demás elementos que prolongan los pares de la red de alimentación, distribuyéndolos por el inmueble, dejando disponibles una cierta cantidad de ellos en varios puntos estratégicos, para poder dar el servicio a cada posible usuario.
Parte del punto de interconexión situado en el registro principal que se encuentra en el RITI y a través de la canalización principal, enlaza con la red de dispersión en los puntos de distribución situados en los registros secundarios. La red de distribución es única, con independencia del número de operadores que presten servicio en el inmueble.
Su diseño y realización será responsabilidad de la propiedad del inmueble.
2.3 Red de dispersión. Es la parte de la red, formada por el conjunto de pares individuales (cables de acometida interior) y demás elementos, que une la red de distribución con cada domicilio de usuario.
Parte de los puntos de distribución, situados en los registros secundarios (en ocasiones, en el registro principal) y a través de la canalización secundaria (en ocasiones a través de la principal y de la secundaria), enlaza con la red interior de usuario en los puntos de acceso al usuario situados en los registros de terminación de red para TB + RDSI.
Su diseño y realización será responsabilidad de la propiedad del inmueble.
2.4 Red interior de usuario. Es la parte de la red formada por los cables y demás elementos que transcurren por el interior de cada domicilio de usuario.
Comienza en los puntos de acceso al usuario y, a través de la canalización interior de usuario, finaliza en las bases de acceso de terminal situadas en los registros de toma.
Su diseño y realización será responsabilidad de la propiedad del inmueble.
2.5 Elementos de conexión. Son los utilizados como puntos de unión o terminación de los tramos de red definidos anteriormente.
Punto de interconexión (Punto de terminación de red).
Realiza la unión entre las redes de alimentación de los operadores del servicio y la de distribución de la ICT del inmueble, y delimita las responsabilidades en cuanto a mantenimiento entre el operador del servicio y la propiedad del inmueble.
Los pares de las redes de alimentación se terminan en unas regletas de conexión (regletas de entrada) independientes para cada operador del servicio. Estas regletas de entrada serán instaladas por dichos operadores. Los pares de la red de distribución se terminan en otras regletas de conexión (regletas de salida), que serán instaladas por la propiedad del inmueble. El número total de pares (para todos los operadores del servicio) de las regletas de entrada, será 1,5 veces el número de pares de las regletas de salida. La unión entre ambas regletas se realiza mediante hilos-puente, tal y como se indica en el apéndice 3 de la presente norma.
Punto de distribución.
Realiza la unión entre las redes de distribución y de dispersión (en ocasiones entre las de alimentación y de dispersión) de la ICT del inmueble.
Está formado por regletas de conexión, en las cuales terminan por un lado los pares de la red de distribución y por otro los cables de acometida interior de la red de dispersión, tal y como se indica en el apéndice 4 de la presente norma.
Punto de acceso al usuario (PAU).
Realiza la unión entre la red de dispersión y la red interior de usuario de la ICT del inmueble. Permite la delimitación de responsabilidades en cuanto a la generación, localización y reparación de averías entre la propiedad del inmueble o la comunidad de propietarios y el usuario final del servicio. Se ubicará en el interior de cada domicilio de usuario: En lo relativo a sus características técnicas se ajustará a lo dispuesto en el anexo I del Real Decreto 2304/1994 de 2 de diciembre y, previo acuerdo entre las partes, podrá ser suministrado por el operador del servicio.
Bases de acceso terminal (BAT).
(Realizan la unión entre la red interior de usuario y cada uno de los terminales telefónicos.
3. Diseño y dimensionamiento mínimo de la red
Toda la instalación de la red interior en un inmueble, objeto de la presente norma, para su conexión a la red general deberá ser diseñada y descrita en el apartado correspondiente del proyecto técnico, cuyas bases de diseño y cálculo se exponen en este apartado.
El dimensionado de las redes vendrá dado por el número máximo de pares y cables que se vayan a necesitar a largo plazo.
Las condiciones que se deben cumplir se indican en los apartados siguientes:
3.1 Informaciones necesarias. Para la realización del proyecto técnico de la ICT se debe tener en consideración la siguiente información:
Proyecto de edificación:
De él se extraerá la siguiente información:
Planos generales de plantas y alzados en los que indique su configuración (una o varias verticales), número de plantas número de viviendas en cada una de las plantas.
Uso previsto a que se destinará el edificio, distinguiendo por plantas: viviendas oficinas locales comerciales, etc.
Aquellos planos o documentos que faciliten la información necesaria para determinar, de la mejor forma posible el acceso de la red exterior al edificio.
Previsión de la demanda:
Para que la red interior sea capaz de atender la demanda telefónica a largo plazo del inmueble, se realizará una evaluación de las necesidades telefónicas de sus usuarios. Se aplicará para determinar el número de líneas necesarias, los valores siguientes:
Viviendas: 2 líneas por vivienda.
Oficinas:
Si se conoce o se puede estimar el número de puestos de trabajo: 1 línea/puesto de trabajo, como mínimo.
Si sólo se conoce la superficie de la oficina: 1 línea/6 metros cuadrados útiles, como mínimo. En estos 6 metros cuadrados no se contabilizarán despachos individuales ni salas de reuniones, en cada uno de los cuales se estimarán las líneas necesarias independientemente de su superficie.
Locales comerciales: en general se estimará un mínimo de 3 líneas por local.
En cualquiera de estos tres casos, los valores resultantes podrán incrementarse a criterio del proyectista, teniendo en cuenta un conjunto de características propias de cada caso como son las siguientes: nivel socioeconómico del entorno del inmueble clase de actividad predominante en la zona, expectativas más probables sobre el uso del inmueble, etc.
3.2 Dimensionamiento mínimo de la red de alimentación. El diseño y dimensionado de esta parte de red, así como su instalación será siempre responsabilidad del Operador del servicio de telefonía disponible al público. El número de cables previsto para la alimentación del inmueble será siempre dos por cada operador.
3.3 Dimensionamiento mínimo de la red de distribución (una vertical). Conocida la necesidad futura a largo plazo, tanto por plantas como en el total del inmueble, o estimada dicha necesidad según lo indicado en el apartado 3.1, se dimensionará la red de distribución con arreglo a los siguientes criterios:
La cifra de demanda prevista se multiplicará por 1,4, lo que asegura una ocupación máxima de la red del 70 % para prever posibles averías de algunos pares o alguna desviación por exceso en la demanda de líneas.
Obtenido de esta forma el número teórico de pares se utilizará el cable normalizado de capacidad igual o superior a dicho valor, o combinaciones de varios cables, teniendo en cuenta que para una distribución racional el cable máximo será de 100 pares, debiendo utilizarse el menor número posible de cables de acuerdo con la siguiente tabla:
Número de pares (N) | Núm. de cables | Tipo de cable |
| 25 < N < = 50 | 1 | 50 pares {1 (50 p)} |
| 50 < N < = 75 | 1 | 74 pares {1 (75 p)} |
| 75 < N < = 100 | 1 | 100 pares {1 (100 p)} |
| 100 < N < = 125 | 2 | 1 (100 p.) + 1 (25 p.) o 1 (75 p.) + 1 (50 p.) |
| 125 < N < = 150 | 2 | 1 (100 p.) + 1 (50 p.) o 2 (75 p.) |
| 150 < N < = 175 | 2 | 1 (100 p.) + 1 (75 p.) |
| 175 < N < = 200 | 2 | 2 (100 p.) |
| 200 < N < = 225 | 3 | 2 (100 p.) + 1 (25 p.) o 3 (75 p.) |
| 225 < N < = 250 | 3 | 2 (100 p.) + 1 (50 p.) o 1 (100 p.) + 2 (75 p.) |
| 250 < N < = 275 | 3 | 2 (100 p.) + 1 (75 p.) |
| 275 < N < = 300 | 3 | 3 (100 p.) |
Si el número de pares necesarios en esta red es inferior o igual a 25 se instalará el punto de distribución en el registro principal. De él saldrán los cables de acometida interior que subirán por las plantas para acabar directamente en los PAU. Este será el caso más, simple, aplicable sólo en pequeños inmuebles.
Si, por el contrario, el dimensionado de la red de distribución requiere más de 25 pares, se proyectará el cable o cables multipares, cuyos pares estarán todos conectados en las regletas de salida del Punto de Interconexión. Después, cuando un operador vaya a facilitar el servicio de telefonía disponible al público al inmueble, instalará sus regletas de entrada y conectará en éstas los pares o cables de alimentación.
Los puntos de distribución estarán formados por las regletas de conexión con la capacidad suficiente para agotar con holgura toda la posible demanda de la planta correspondiente, obteniéndose su capacidad dividiendo el total de pares de cable o cables de distribución por el número de plantas, utilizando la regleta de capacidad superior al valor obtenido.
3.4 Dimensionamiento mínimo de la red de distribución (varias verticales). En inmuebles con varias verticales el punto de interconexión será único. La red de cada vertical será tratada como una red de distribución independiente, diseñándose, por tanto de acuerdo con lo indicado en el apartado anterior
3.5 Dimensionamiento mínimo de la red de dispersión. Se instalarán cables de acometida interior que cubran la demanda prevista, conectándolos al correspondiente terminal de la regleta del punto de distribución. Dicha conexión se realizará correlativamente de arriba hacia abajo de acuerdo a una ordenación de viviendas.
3.6 Dimensionamiento mínimo de la red interior de usuario. Los elementos necesarios para conformar la red privada de cada usuario. Para el caso de viviendas, el número de BAT será de una por cada dos estancias o fracción, excluidos baños y trasteros, con un mínimo de dos. Para el caso de locales u oficinas, el número de BAT se fijará en el proyecto de la instalación en función de su superficie o distribución por estancias, con un mínimo de una por local u oficina.
Los pares de esta red se conectarán a las bases de acceso terminal y se prolongarán hasta el punto de acceso al usuario, dejando la longitud suficiente para su posterior conexión al mismo.
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